Mobbing - Assetjament laboral


CONFERENCIA

"L'assetjament en la Universitat"

Impartida per la Dr.ª PILAR RIVAS VALLEJO
Professora de la Facultat de Dret de la Universitat de Barcelona

El dimecres 7 de juny a les 12:30 hores en el Saló d'Actes de la Facultat d'Administració i direcció d'empreses de la UPV

Què és l'assetjament, quan existeix, com prevenir, com actuar…?

  2017 06 07 Acoso cartel horizontal 04

CONFERENCIA

"El acoso en la Universidad"

Impartida por la Dr.ª PILAR RIVAS VALLEJO
Profesora de la Facultad de Derecho de la Universitat de Barcelona


El miércoles 7 de junio a las 12:30 horas en el Salón de Actos de la Facultad de Administración y Dirección de Empresas de la UPV


¿Qué es el acoso, cuándo existe, cómo prevenir, cómo actuar…?

 

 

 

 

 


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Solidaritat amb les delegades i delegats de CCOO

El sindicat STEPV, després de guanyar les eleccions sindicals de 2014 va decidir rematar a la resta de sindicats començant per CCOO, cercant guanyar en els despatxos el que havien sigut incapaços de guanyar honradament en les urnes.

Com a primera mesura van cercar la nul·litat de les candidatures de CCOO, per al que el STEPV va promoure una impugnació fent una aplicació estricta, torticera, restrictiva i massa formalista de la normativa en contra dels drets de la resta d'organitzacions sindicals de la universitat, la qual cosa ens va suposar més d'un any de pèrdua de temps i diners, a més de dos judicis perduts per STEPV, guanyats per CCOO amb sentències favorables a la llibertat sindical.

Ara donen un nou pas endavant i van a per les delegades i delegats de CCOO, com podeu comprovar en el document adjunt, tractant d'acoquinar-los amb una denúncia pel penal per atrevir-se a opinar diferent a ells.

Han mostrat tota la seua animadversió contra la resta d'organitzacions sindicals, especialment contra CCOO, cercant com aconseguir que les delegades i delegats “es lleven d'enmig” per temor a represàlies penals.

Aqueix sindicat ha actuat amb males arts contra Comissions Obreres, obviant el dret a la llibertat sindical de l'article 28 de la Constitució, retorçant i interpretant la normativa i malinterpretant interessadament els nostres escrits i opinions.
En definitiva, deixen a un costat la reivindicació i la lluita per a aconseguir les millores socials i econòmiques que els sindicats hem de promoure i negociar per al col·lectiu universitari i se centren a eliminar el que ells qualifiquen de “competència sindical”.

En CCOO creiem que totes les organitzacions sindicals haurien d'utilitzar les seues energies per a incidir en la millora de la determinació de les condicions de treball. Unes actuacions que han d'estar al servei dels interessos de tota la comunitat universitària.

En definitiva, en un escenari tan crispat com l'actual, seria molt desitjable un allunyament radical de la demagògia, de la falta de rigor, dels escrits indigestos i també de les indesitjades denúncies.

Als sindicats de la universitat els demanem reflexió i sensatesa, que treballen pensant en la millora de les condicions de treball de la plantilla i que no es dediquen a posar travetes a la resta dels representants de les treballadores i els treballadors.
A l'equip rectoral de la universitat li exigim una disposició diferent en la negociació col·lectiva, un estil de direcció diferent, més participatiu, el compliment dels compromisos que assumeixen i la voluntat de rebaixar les càrregues de treball que els treballadors i les treballadores pateixen, deguda a la sobrecàrrega de treball per falta de plantilla i de substitucions.

 2016 04 08 no agresiones contra CCOO 03

 Solidaridad con las delegadas y delegados de CCOO

El sindicato STEPV, después de ganar las elecciones sindicales de 2014 decidió rematar al resto de sindicatos empezando por CCOO, buscando ganar en los despachos lo que habían sido incapaces de ganar honradamente en las urnas.

Como primera medida buscaron la nulidad de las candidaturas de CCOO, para lo que el STEPV  promovió una impugnación haciendo  una aplicación estricta, torticera, restrictiva y demasiado formalista de la normativa en contra de los derechos del resto de organizaciones sindicales de la universitat, lo que nos supuso más de un año de pérdida de tiempo y dinero, además de dos juicios perdidos por STEPV, ganados por CCOO con sentencias favorables a la libertad sindical.

Ahora dan un nuevo paso adelante y van a por las delegadas y delegados de CCOO, como podéis comprobar en el documento adjunto, tratando de amedrentarlos con una denuncia por lo penal por atreverse a opinar distinto a ellos.

Han mostrado toda su animadversión contra el resto de organizaciones sindicales, especialmente contra CCOO, buscando como conseguir que las delegadas y delegados “se quiten de en medio” por temor a represalias penales.

Ese sindicato ha actuado con malas artes contra Comisiones Obreras, obviando el derecho a la libertad sindical del artículo 28 de la Constitución, retorciendo e interpretando la normativa y malinterpretando interesadamente nuestros escritos y opiniones.
En definitiva, dejan a un lado la reivindicación y la lucha para conseguir las mejoras sociales y económicas que los sindicatos debemos promover y negociar para el colectivo universitario y se centran en eliminar lo que ellos califican de “competencia sindical”.

En CCOO creemos que todas las organizaciones sindicales deberían utilizar sus energías para incidir en la mejora de la determinación de las condiciones de trabajo. Unas actuaciones que deben estar al servicio de los intereses de toda la comunidad universitaria.

En definitiva, en un escenario tan crispado como el actual, sería muy deseable un alejamiento radical de la demagogia, de la falta de rigor, de los escritos indigestos y también de las indeseadas denuncias.

A los sindicatos de la universitat les pedimos reflexión y sensatez, que trabajen pensando en la mejora de las condiciones de trabajo de la plantilla y que no se dediquen a poner zancadillas al resto de los representantes de las trabajadoras y los trabajadores.
Al equipo rectoral de la universitat le exigimos una disposición diferente en la negociación colectiva, un estilo de dirección distinto, más participativo, el cumplimiento de los compromisos que asumen y la voluntad de rebajar las cargas de trabajo que los trabajadores y las trabajadoras padecen, debida a la sobrecarga de trabajo por falta de plantilla y de sustituciones.

  2016 04 08 STEPV consideraciones a escrito CCOO al Rector registrada
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Respuesta al correo masivo del STEPV del 16 de julio de 2015.
Vicerrectorado de los Campus y de las Infraestructuras



Tras el correo masivo difundido a toda la comunidad universitaria por el sindicato STEPV del pasado 16 de Julio de 2015, se considera conveniente realizar aclaraciones relacionadas con las afirmaciones y recomendaciones que se plasman en el texto de ese correo y documento:

I.- Con relación al comentario en el que se refiere textualmente “Hace unos meses la UPV aprobó un protocolo…” cabe clarificar que la aprobación del protocolo de “actuación ante situaciones de conflicto interpersonal o acoso laboral”, el pasado 25 de Septiembre de 2014, no fue aprobado unilateralmente por el Consejo de Gobierno de la UPV sino que dicha aprobación fue fruto del consenso previo con todos los sindicatos, incluido el STEPV, tras la negociación de los contenidos del protocolo en la Comisión Técnica de Riesgos Psicosociales, adscrita al Comité de Seguridad y Salud de la UPV, durante los años 2012, 2013 y 2014.

II.- Se debe señalar que durante el proceso de negociación del protocolo se pusieron en marcha un conjunto de acciones formativas dirigidas a Jefes de Servicio, Directores de Área, Jefes de Sección, responsables administrativos de Centros y Departamentos, así como a Delegados de Prevención, para que fueran conocedores de la importancia de los riesgos psicosociales y de los contenidos o formas de activación del protocolo de “actuación ante situaciones de conflicto interpersonal o acoso laboral”.

III.-  Como se ha indicado, el protocolo fue consensuado con todas y cada una de las Secciones Sindicales de la UPV. Se trata de una herramienta que tiene por objeto la resolución autónoma de conflictos, buscando evitar que éstos se enquisten o se judicialicen, mediante una intervención rápida. El protocolo aprobado incorpora un análisis preliminar sin ninguna consecuencia jurídica directa, en el que se puede solicitar ser asesorado y acompañado por un representante sindical, que se lleva a cabo con la intervención de psicólogos expertos externos a la UPV en las fases de diagnóstico, de carácter puramente voluntario para los implicados y con plena previsión de garantías de confidencialidad y anonimato. Tan sólo en los supuestos en los que se derive la posible existencia de indicios de acoso, tras el análisis preliminar efectuado por expertos, se podría proponer la apertura de un expediente informativo o disciplinario en los que la legislación de derecho administrativo contempla todo un marco de previsiones y garantías de derechos como la efectiva presunción de inocencia o la firme contradicción de pruebas entre los afectados por el presunto caso de acoso laboral detectado. Si bien normalmente lo que ocurre, tras el análisis preliminar, es que se trate de conflictos interpersonales que se resuelven mediante la adopción de diferentes tipos de medidas organizativas.

Para corroborar la existencia de las garantías enumeradas se puede acceder a la lectura detallada del protocolo y sus anexos en el siguiente enlace:

http://www.upv.es/entidades/SIPRL/menu_urlc.html?https://www.sprl.upv.es/pdf/141002_entrada_6583_Protocolo%20Mobbing.pdf

IV.- Se deja constancia pública de la existencia de una firme voluntad de diálogo en materia preventiva con todos los sindicatos con representación en la UPV, lo cual incluye por supuesto la necesidad de que se sigan realizando propuestas de mejora del ya citado protocolo -en el marco de la Comisión Técnica de Riesgos Psicosociales- para que de la manera más consensuada posible se puedan implementar los cambios que pudiesen ser oportunos y beneficiosos para la Comunidad Universitaria.

Consideramos que la emisión de correos masivos como el del pasado 16 de julio de 2015 del STEPV pueden a nuestro entender menoscabar la confianza de posibles víctimas de acoso sobre el marco de protección y amparo que garantiza el protocolo de “actuación ante situaciones conflicto interpersonal o acoso laboral”, siendo perjudicial para los objetivos deseados.

Valencia, 24 de julio de 2015


 


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