La Universidad Politécnica ha constituido un fondo social, controlado y administrado por la Comisión de Interpretación y Estudio del Personal de Administración y Servicios Funcionario, con la siguiente distribución.
FONDO DE AYUDA SOCIAL
1.- DISTRIBUCIÓN:
A.- Fondo educativo 1995.
B.- Fondo de Asistencia Social
C.- Fondo de ayudas a disminuidos psíquicos y físicos.
A.- FONDO EDUCATIVO.
A.1 Jardín de Infancia: la Universidad abonará hasta un máximo de 40.000,- ptas. anuales de ayudas para guarderías, en concepto de enseñanza y transporte, de hijos del Personal de Administración y Servicios Funcionario que presten servicios en la Universidad Politécnica de Valencia, y que se hallen comprendidos entre las edades de 3 meses a 4 años.
A.2 Para cursar estudios de Primaria, EGB y E.S.O., tanto en colegios privados como públicos, se establece una ayuda máxima de 25.000.- ptas. anuales para toda clase de gastos, excepto transporte.
A.3 Para cursar estudios medios no universitarios y COU, las ayudas máximas se establecen en 30.000.- ptas. anuales para toda clase de gastos, excepto transporte.
A.4 Para cursar estudios universitarios, las ayudas máximas se establecen en 50.000.- ptas. anuales para gastos de material, no incluyéndose en las mismas los gastos de matrícula.
Las ayudas correspondientes a los puntos A.3 y A.4 , se entenderá que serán abonadas a los funcionarios de la Administración que realicen estudios con el fin de superar los conocimientos académicos que ya poseen.
Podrán solicitar las ayudas enumeradas en el apartado A todos los funcionarios de carrera e interinos de la Universidad Politécnica de Valencia que hayan prestado servicios durante más de seis meses en el año 1995 y los componentes de la unidad familiar (si viven en el domicilio familiar), siempre que no perciban ninguna otra retribución laboral.
B.- FONDO DE ASISTENCIA SOCIAL.
B.1 Los límites máximos de las ayudas económicas que se pueden conceder para la atención de prótesis oculares, auditivas, dentarias, ortopédicas, vehículos de minusválidos, etc...,son los siguientes:
a) Para prótesis auditivas (audífonos), ayudas hasta 50.000 ptas.
b) Para prótesis dentarias (dentadura completa superior y/o inferior, tratamientos de entodoncia y ortodoncia, etc), ayudas por el importe total si no superan las 20.000 ptas., y hasta el 75% de su importe si superan esta cantidad, y sin que las ayudas que se concedan en este segundo caso puedan ser superiores a 50.000 ptas. ni inferiores a 20.000 ptas.
c) Para prótesis oculares (gafas completas, gafas bifocales completas, renovación de cristales o monturas, lentes de contacto y renovación de lentes de contacto), un máximo de 25.000 ptas.
d) Para prótesis ortopédicas y vehículos de minusválidos. Se pueden conceder ayudas hasta 6.000 ptas. para calzado ortopédico, incluidas plantillas; 3.000 ptas. en concepto de plantillas para pies planos o con desviación, y ayudas hasta 50.000 ptas. para vehículos de minusválidos.
De las ayudas del apartado B pueden ser beneficiarios el Personal de Administración y Servicios Funcionario de carrera e interino de la Universidad Politécnica de Valencia y los componentes de la unidad familiar (si viven en el domicilio familiar), siempre que no perciban ninguna otra retribución laboral.
C. FONDO DE AYUDA A DISCAPACITADOS PSÍQUICOS Y FÍSICOS.
Todo trabajador funcionario de carrera e interino, que haya prestado servicios durante más de seis meses en el año 1995 y que esté en Activo en la Universidad en el momento de la publicación de la Convocatoria de Administración y Servicios de la Universidad Politécnica de Valencia, que tenga a cargo suyo un hijo discapacitado físico o psíquico y/o cónyuge que no pueda realizar ninguna actividad retribuida percibirá una ayuda máxima de 50.000 ptas. anuales. Para percibir esta ayuda es requisito indispensable la declaración de discapacitado expedida por el organismo competente y el justificante de los gastos requeridos en el proceso de recuperación y/o rehabilitación.
En casos excepcionales, que considerará la Comisión, se podrán aprobar ayudas complementarias a las recibidas por algunos de los regímenes de la Seguridad Social.
2.- REQUISITOS Y SOLICITUDES.
2.1. Las personas interesadas han de dirigir la solicitud, según los modelos que figuran como anexo a esta convocatoria, la Comisión de Interpretación, Estudio y Vigilancia, a través del Registro General, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, teniendo de plazo desde el 28 de enero de 1997 hasta el 20 de febrero de 1997.
Las solicitudes deberán ir inexcusablemente acompañadas de la documentación abajo reseñada, referidas siempre a los gastos que se hayan producido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1995, siendo motivo de exclusión todas las instancias que no adjunte la siguiente documentación:
a) Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria sobre la Declaración de la Renta del año 1995 del solicitante y su cónyuge, en su caso. Asimismo, deberán constar los miembros computables de la unidad familiar si los hubiese.
b) Para las solicitudes del fondo educativo (Curso 95-96)
- Certificado de hallarse matriculado en centro oficial o privado, en el que figure la cuantía mensual que se abona.
- Facturas originales o copia compulsada de los gastos alegados.
- Para estudios de enseñanza universitaria, fotocopia del impreso de solicitud de matrícula sellada por la entidad bancaria donde halla sido abonada.
- Documentos acreditativos de haber aprobado completamente el curso anterior o tener aprobadas, el 30 de septiembre del curso anterior, las asignaturas de las cuales se matriculó.
c) Para las solicitudes del Fondo de Asistencia Social (1995):
- Facturas o documentación necesarias para acreditar la petición.
- Certificado del INSS en el que se haga constar que la ayuda solicitada no es atendida por este organismo (para los casos a que hace referencia el apartado B.2.d).
- Certificado acreditativo de no ser beneficiario de cualquier otro tipo de ayuda económica para esta finalidad por parte de entidades públicas.
d) Para solicitudes del fondo de ayuda a discapacitados psíquicos y físicos (1995):
Si, por las características de la patología no se dispone de ningún documento, se ha de presentar un certificado actualizado el médico de Medicina General o especialista de la Seguridad Social con competencia en la materia (psiquiatra, psicólogo).
Acreditar la convivencia de los beneficiarios con el solicitante. A estos efectos, se ha de presentar un certificado de convivencia expedido por el ayuntamiento correspondiente.
Acreditación expresa del colegio o centro de rehabilitación de que la persona afectada recibe educación especial o terapia rehabilitadora.
Certificado o factura de la cantidad que la personal interesada abona realmente al colegio o centro (coste anual), desglosado en conceptos.
- Acreditar, mediante certificado del INSERSO y/o del INSS, si se recibe o no ayuda de alguno de estos organismos.
e) Si los dos cónyuges trabajan:
Certificado de la empresa o entidad en que preste sus servicios el cónyuge o pareja de hecho, o declaración jurada en que se acredite no ser beneficiario de otro tipo de ayuda económica para este fin.
f) Declaración del solicitante de ser ciertos los datos expresados en la solicitud y de conocer las bases y la obligatoriedad de adjuntar la documentación requerida en cada una de las solicitudes de ayuda.
g) Las uniones de hecho deberán aportar certificado expedido por la Generalitat Valenciana, de encontrarse inscritos en el correspondiente Registro, en la fecha correspondiente al presente Fondo Social.
2.2. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, previa verificación de la documentación aportada, el Rector dictará una Resolución que se publicará en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos, que contendrá la relación provisional de admitidos y excluidos, indicándose, en su caso, los motivos de la exclusión.
2.3. Los solicitantes podrán, en el caso de error o exclusión, subsanar los defectos en que hayan incurrido en su solicitud en el plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación provisional de admitidos y excluidos en el tablón de anuncios del Servicio de Recursos Humanos.
2.4. Transcurrido el plazo de 10 días naturales, subsanados los defectos si procediera se dictará Resolución por el Rector que contendrá la relación definitiva de admitidos y excluidos.
3.- CONCESIÓN DE AYUDAS.
3.1. Transcurrido el plazo fijado anteriormente se reunirá la Comisión de Interpretación, Estudio y Vigilancia, constituida de forma paritaria por las Centrales Sindicales con mayor representación en la Junta de PAS funcionario y representantes de la Administración, los cuales en vista de las solicitudes incluidas en la relación definitiva de admitidos, considerando el crédito presupuestario disponible y visto el baremo que se establece en el Anexo I concederá provisionalmente siguiendo el orden de puntuación las ayudas y cantidades establecidas en cada uno de los fondos.
3.2. Si los recursos presupuestados no son suficientes para atender todas las solicitudes presentadas, la Comisión establecerá la distribución del presupuesto disponible entre los diversos grupos de fondos, y las ayudas se concederán por orden de puntuación de las solicitudes de acuerdo con el baremo. En este caso, se podrán modificar las cuantías establecidas anteriormente.
3.3. La selección se efectuará teniendo en cuenta la suma de los ingresos anuales de toda la unidad familiar, dividido por el número de miembros computables de la misma, según el baremo establecido en el Anexo I.
Asimismo, deberán aportarse certificados de los ascendientes que convivan en el domicilio familiar de las rentas que perciban, en su caso, o de que no perciben renta alguna.
3.4. Finalizadas las actuaciones anteriores se publicará por la Comisión de Interpretación, Estudio y Vigilancia la lista provisional de los solicitantes que han obtenido ayudas abriéndose un plazo de cinco días naturales para presentar las alegaciones y reclamaciones que estimen convenientes.
3.5. Vistas, en su caso, las reclamaciones presentadas a la lista provisional de concesión de ayudas la Comisión de Interpretación, Estudio y Vigilancia publicará la lista definitiva de solicitantes que han obtenido las ayudas.
3.6. Si durante el proceso de concesión de las ayudas, o posteriormente a esta, la Comisión tiene conocimiento de que la información facilitada por el solicitante no se ajusta a la realidad, la ayuda no le será abonada y, en su caso, el beneficiario quedará obligado a reintegrar la ayuda que le haya sido otorgada.
3.7. Si una vez resueltas todas las solicitudes de ayudas presentadas no se ha agotado el importe fijado con esta finalidad para el ejercicio presupuestario correspondiente, por la Comisión de Interpretación y Estudios del Fondo Social del Personal Administración y Servicios Funcionario, se podrá entrar a considerar otras solicitudes presentadas para supuestos de cobertura no contemplados en estas normas.
3.8. Contra las actuaciones de la Comisión de Interpretación, Estudio y Vigilancia cabe recurso ordinario ante el Rectorado.
Valencia, 20 de enero de 1997.
El Rector de la Universidad Politécnica de Valencia. Justo Nieto Nieto.
TOTAL | ||
Parcial por | Coeficiente | |
APELLIDOS y NOMBRE | porcentaje | reducción |
15,14% | ||
Importe ayuda | ||
ALCANTUD NOVERQUES, Mª JULIA | 12.000 | 10.184 |
ALONSO VIVÓ, CONCEPCIÓN | 33.900 | 28.769 |
ALVARRUIZ BERMEJO, SANTIAGO | 56.000 | 47.523 |
AMORÓS MUÑOZ, CONSUELO | 26.000 | 22.064 |
AVELLÁN CASTILLO, ALICIA | 22.080 | 18.738 |
BELLMUNT I GIL, MIGUEL | 38.675 | 32.821 |
BENLLOCH FERRER,EMILIA | 30.000 | 25.459 |
BORDES VILCHES, AMPARO | 27.600 | 23.422 |
CABANES FERRE, Mª ASUNCIÓN | 0 | 0 |
CAPILLA PÉREZ, PILAR | 18.400 | 15.615 |
CARRATALÁ VALENTIN, MARCELO | 52.000 | 44.129 |
CASCALES GARCÍA, FUENSANTA | 84.000 | 71.285 |
CASTELLÓ BLASCO, HÉCTOR | 64.800 | 54.991 |
CASTELLOTE CALAFAT, Mª JOSÉ | 13.750 | 11.669 |
CASTRO LEAL, Mª JOSÉ DE | 28.320 | 24.033 |
CERVERA MATEU, CONSUELO | 0 | 0 |
COLLADO SEBASTIAN, SARA | 21.033 | 17.849 |
CHINER SIGNES, ISABEL | 13.750 | 11.669 |
DOMINGUEZ HARO, Mª JESÚS | 19.200 | 16.294 |
DONOSO CAMPOS, Mª ISABEL | 28.000 | 23.762 |
ESTEVE MAÑES, Mª CARMEN | 14.502 | 12.307 |
FERRERES ALBA, Mª LUCIA | 37.136 | 31.515 |
FLORES ORTIZ, MANUEL VICTOR | 25.689 | 21.800 |
GALIANO TRAVER, Mª ADORACIÓN | 65.000 | 55.161 |
GARCIA MERENCIANO, Mª DOLORES | 32.500 | 27.580 |
GARRIDO VERDUGUEZ, ANTONIO | 15.536 | 13.185 |
GIL BELDA, Mª CARMEN | 0 | 0 |
GIL PASTOR, Mª CARMEN | 5.460 | 4.634 |
GIMENO ALACREU, ANTONIO JAVIER | 61.200 | 51.936 |
GISBERT GISBERT, ROSANA | 12.500 | 10.608 |
GRANELL LEÓN, MIGUEL | 26.700 | 22.658 |
JIMÉNEZ MÁRQUEZ, Mª VICTORIA | 8.640 | 7.332 |
LÓPEZ PARDO, Mª DOLORES | 32.000 | 27.156 |
LLOBET GIL,ISABEL | 17.600 | 14.936 |
MOLLÁ ROCH,JUAN LUIS | 52.000 | 44.129 |
MONTÉS GARCÍA, VICENTE JOSÉ | 27.840 | 23.626 |
NAVARRETE LÁZARO, FCO. MANUEL | 15.000 | 12.729 |
NAVARRO CASTELLANO, Mª JESÚS | 0 | 0 |
NUÑEZ DEL RAMO, MARISOL | 21.600 | 18.330 |
PALOMERO GARRIGÓS, LUISA | 40.000 | 33.945 |
PEREA MORENO, FERNANDO | 72.000 | 61.101 |
PÉREZ TEBAR, ALONSO | 54.000 | 45.826 |
PERIS CHIRIVELLA, AMPARO | 0 | 0 |
SALOM MARCHANTE, AMPARO | 32.500 | 27.580 |
SÁNCHEZ GIMENO, Mª JOSEFA | 18.000 | 15.275 |
SANCHIS GIL, Mª PILAR | 48.750 | 41.371 |
SERNA STURLA, ALICIA DE LA | 36.000 | 30.551 |
TORRES GURREA, Mª LUISA | 20.000 | 16.973 |
VÁZQUEZ AZNAR, Mª JOSÉ | 0 | 0 |
TOTALES | 1.381.661 | 1.172.520 |
1.381.661 | 1.172.520 |
En la reunión que el pasado viernes mantuvo la Comisión del Fondo de Ayuda Social 1994, se finalizó la distribución del mismo.
El Fondo de Ayuda Social 1994 correspondiente al personal laboral es de 1.416.150 PTA., y el correspondiente al personal funcionario es de 947.247 PTA.
Dichas cantidades se han distribuido en su totalidad.
Igualmente informamos que previsiblemente estas cantidades serán ingresadas en la nómina de septiembre, o en la de octubre.
Por otro lado, se han descartado numerosas peticiones del Fondo Educativo destinadas a cubrir los gastos de matrícula para cursar estudios universitarios, porque este Fondo Social comprende únicamente gastos de material, y no cubre los gastos de matrícula universitaria.
Los gastos de matrícula para cursar estudios universitarios tienen otro Fondo "exclusivo", que es el de "Ayudas de matrícula", cuya última convocatoria fue del 11 al 28 de junio pasados.
Las cantidades definitivamente adjudicadas, en concepto de ayuda social, tanto para el personal laboral, como para el personal funcionario, son las que siguen:
*** PERSONAL LABORAL ***
APELLIDOS y NOMBRE Importe ayuda pesetas
LOPEZ CATALA, Mª JESUS 37725
DOMINGUEZ VALERO, VICENTE 50351
FENOLLAR ANDRES, ROSARIO 48603
MARTINEZ PIERA, ANA 14618
LATORRE CIVERA, ENRIQUE 35510
SANCHEZ RENTERO, ANGUSTIAS 50972
PARRA DEHESA, ANIANO 11346
POVEDA RUIZ, ANTONIO 21653
HERNANDEZ RODRIGO, ANGEL 13945
JURADO VALENZUELA, CONCEPCIÓN 10467
ROCAFULL SEGARRA, JOSEFA 13260
CANTO CAMARASA, JOSE 65235
DOMINGO DOLZ, ANTONIO 29429
SATORRE AZNAR, EMILIO 67750
DIAZ REJAS, JOSE LUIS 51575
MALONDA MOLL, JOSE VIENTE 60574
ATIENZA JUAN, JOSE 9938
GONZALEZ ASENSIO, JOSE 42344
VERDUCH RUIZ, MARINA 25406
MOLINOS IBAÑEZ, LOURDES 8469
ZAMORANO CANTO, MANUEL 30209
CANO CALERO, FERNANDO 10047
CASTILLO GUALDA, PEDRO JESUS 11699
CARRATALA VALENTIN, IGNACIO 23174
DIAZ ASENSIO, ERNESTO 8084
BELENGUER BATALLER, VICENTE 12245
FLORES FERNANDEZ, JOSE FRANCISCO 40419
ALIAGA GARCIA, AMPARO 20210
FERNANDEZ BURGUETE, SERGIO 11156
NAVARRO MORENO, VICENTE 44269
VALLES MORELL, LAURA 57742
AMER BLANCH, EDUARDO 19247
GARCIA GONZALEZ, Mª CARMEN 38495
RULLER ESCALANTE, MANUEL 17246
JUAN TORRES, SALVADOR 16822
HERNANDEZ ALPUENTE, PASCUAL 47541
TORRES IGUAL, MANUELA 18285
CAMPIZANO BRONCHU, Mª LUISA 36570
MARQUEZ GARCIA, JUAN 28486
MONZO PEREZ, RAIMUNDO 5697
VIATELA TORRES, JOSE VICENTE 35607
CANET ARANDA, JOSE RICARDO 24523
MAÑEZ JORGE, Mª CARMEN 28486
PANAL CRUZ, JUAN DAMIAN 17323
DIAZ MARTINEZ, PILAR 36724
MOCHOLI ROSELLO, ASUNCION 38110
GONZALEZ PAJUELO, FRANCISCO 48503
LLORENS DIAZ, JOSEFA 10711
BERENGUER IGLESIAS, JOAQUIN 9354
ADJUDICADO EN TOTAL 1.416.150 PTA.
*** PERSONAL FUNCIONARIO ***
APELLIDOS y NOMBRE Importe ayuda pesetas
BOTIJA CASTELLO, EMILIA 37825
PEREA MORENO,FERNANDO 82384
GIMENO ALACREU, ANTONIO 18722
CASTELLO BLASCO,HECTOR 26745
SALOM MARCHANTE,AMPARO 15522
SANCHEZ GIMENO,Mª JOSEFA 29479
GIL PASTOR, Mª CARMEN 15522
CARRATALA VALENTIN,MARCELO 24835
CATALA FENOLLAR, INMACULADA 40977
BORDES VILCHES, AMPARO 36249
ALCANTUD NOVERQUES, Mª JULIA 15044
AVELLAN CASTILLO, ALICIA 28655
VALLES PRIMA,CONSUELO 28655
AMOROS MUÑOZ, CONSUELO 33240
SANCHIS GIL, PILAR 14328
LOPEZ PARDO, Mª DOLORES 37300
GARRIDO VERDUGUEZ,ANTONIO 21014
FLORES ORTIZ,MANUEL VICTOR 31866
COLLADO SEBASTIAN,SARA 11940
GOMEZ FERNANDEZ, Mª CARMEN 11940
MOLLA ROCH,JUAN LUIS 38207
CASCALES GARCIA,FUENSANTA 57311
CAPILLA PEREZ, PILAR 14519
ALONSO VIVO,CONCEPCION 22267
MONTES GARCIA, VICENTE JOSE 5158
DOMINGUEZ HARO,Mª JESUS 15283
GALIANO TRAVER, ADORACIÓN 19104
MARIN MOLTO,MANUEL 19104
TORRES GUREA, Mª LUISA 15283
ESTEBAN CORTELL,Mª CARMEN 22924
GARCIA MERENCIANO,Mª DOLORES 36106
DE CASTRO LEAL,Mª JOSE 21262
DOMINGO NAVARRETE, Mª JOSE 24376
ESTEVE MAÑES,MARI CARMEN 15644
PEREZ TEBAR,ALONSO 28579
PALOMERO GARRIGOS, LUISA 29878
BELLMUNT GIL,MIGUEL 24166
ALVARRUIZ BERMEJO, SANTIAGO 35151
BENLLOCH FERRER, EMILIA 22924
ADJUDICADO EN TOTAL 947.247 PTA.
Campus de Vera, lunes 15 de julio de 1996
SECCIÓN SINDICAL SECCIÓN SINDICAL
CC.OO. FETE-UGT
Porcentaje | TOTAL por | ||
APELLIDOS y NOMBRE | parcial | aplicable | porcentaje |
Importe ayuda | |||
BOTIJA CASTELLO, EMILIA | 44000 | 90% | 39600 |
PEREA MORENO,FERNANDO | 115000 | 75% | 86250 |
GIMENO ALACREU, ANTONIO | 28000 | 70% | 19600 |
CASTELLO BLASCO,HECTOR | 40000 | 70% | 28000 |
SALOM MARCHANTE,AMPARO | 25000 | 65% | 16250 |
SANCHEZ GIMENO,Mª JOSEFA | 47480 | 65% | 30862 |
GIL PASTOR, Mª CARMEN | 25000 | 65% | 16250 |
CARRATALA VALENTIN,MARCELO | 40000 | 65% | 26000 |
CATALA FENOLLAR, INMACULADA | 71500 | 60% | 42900 |
BORDES VILCHES, AMPARO | 63250 | 60% | 37950 |
ALCANTUD NOVERQUES, Mª JULIA | 26250 | 60% | 15750 |
AVELLAN CASTILLO, ALICIA | 50000 | 60% | 30000 |
VALLES PRIMA,CONSUELO | 50000 | 60% | 30000 |
AMOROS MUÑOZ, CONSUELO | 58000 | 60% | 34800 |
SANCHIS GIL, PILAR | 25000 | 60% | 15000 |
LOPEZ PARDO, Mª DOLORES | 71000 | 55% | 39050 |
GARRIDO VERDUGUEZ,ANTONIO | 40000 | 55% | 22000 |
FLORES ORTIZ,MANUEL VICTOR | 60656 | 55% | 33361 |
COLLADO SEBASTIAN,SARA | 25000 | 50% | 12500 |
GOMEZ FERNANDEZ, Mª CARMEN | 25000 | 50% | 12500 |
MOLLA ROCH,JUAN LUIS | 80000 | 50% | 40000 |
CASCALES GARCIA,FUENSANTA | 120000 | 50% | 60000 |
CAPILLA PEREZ, PILAR | 40000 | 38% | 15200 |
ALONSO VIVO,CONCEPCION | 58280 | 40% | 23312 |
MONTES GARCIA, VICENTE JOSE | 13500 | 40% | 5400 |
DOMINGUEZ HARO,Mª JESUS | 40000 | 40% | 16000 |
GRANELL LEÓN, MIGUEL | 48478 | 40% | 19391 |
GALIANO TRAVER, ADORACIÓN | 50000 | 40% | 20000 |
MARIN MOLTO,MANUEL | 50000 | 40% | 20000 |
TORRES GUREA, Mª LUISA | 40000 | 40% | 16000 |
ESTEBAN CORTELL,Mª CARMEN | 60000 | 40% | 24000 |
GARCIA MERENCIANO,Mª DOLORES | 90000 | 42% | 37800 |
DE CASTRO LEAL,Mª JOSE | 53000 | 42% | 22260 |
DOMINGO NAVARRETE, Mª JOSE | 58000 | 44% | 25520 |
ESTEVE MAÑES,MARI CARMEN | 37223 | 44% | 16378 |
PEREZ TEBAR,ALONSO | 68000 | 44% | 29920 |
PALOMERO GARRIGOS, LUISA | 68000 | 46% | 31280 |
BELLMUNT GIL,MIGUEL | 55000 | 46% | 25300 |
ALVARRUIZ BERMEJO, SANTIAGO | 80000 | 46% | 36800 |
BENLLOCH FERRER, EMILIA | 50000 | 48% | 24000 |
VIDAL CUENCA,Mª AMPARO | 24440 | 0% | 0 |
IVARS CASTELLANO, Mª TERESA | 25000 | 0% | 0 |
CUESTA FALOMIR, AMPARO | 29818 | 0% | 0 |
GASPAR CATALAN,Mª DOLORES | 31100 | 0% | 0 |
1904617 | TOTAL .... | 1011084 |
Lun | Mar | Mié | Jue | Vie | Sáb | Dom |
---|---|---|---|---|---|---|
1
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2
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3
| ||||
4
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5
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6
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7
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8
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9
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10
|
11
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12
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13
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14
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15
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16
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18
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19
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