El pasado 16 de octubre tuvo lugar una reunión informativa entre las Organizaciones sindicales y la Generalitat, para iniciar las negociaciones que modificarán el Decreto de carrera profesional, con el fin de dar cumplimiento a la Sentencia del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Comunidad Valenciana, en lo referente al derecho a la percepción de carrera del personal funcionario interino y laboral temporal.
Desde CCOO valoramos positivamente el inicio del proceso de negociación, pero pensamos que la posición de la Administración hace una interpretación literal de la sentencia y creemos que esa interpretación vulnera el espíritu de la misma y genera agravios comparativos.
CCOO, en su turno de palabra, ha vuelto a reiterar su desacuerdo en esta interpretación tan restrictiva. Por lo tanto, CCOO sigue apostando, desde el primer momento, por trabajar en un modelo de carrera donde el personal sea valorado de manera igualitaria, independientemente de su situación administrativa o régimen jurídico.
La Administración crea una nueva figura: el personal funcionario interino de larga duración que, aparte de ser de dudosa legalidad, supone una burla al contenido de las sentencias que obligan a una igual retribución a las personas que realizan el mismo trabajo.
El personal funcionario de carrera tiene derecho a acceder y progresar en la carrera profesional cuando cumple cinco o seis años en un mismo grupo de titulación, con independencia de los puestos de trabajo que haya ocupado.
Sin embargo, al personal funcionario interino (de larga duración) se le exige una doble condición:
* estar cinco años ininterrumpidos en el mismo puesto de trabajo (el incumplimiento de la legislación sobre oferta de empleo público se vuelve contra este personal).
* tener un único nombramiento, con lo cual, de un plumazo se elimina el derecho al cobro de mucha gente. Por ejemplo: una persona nombrada interinamente por una IT previa a un embarazo, continúa en el mismo puesto durante el permiso de maternidad y sigue prestando servicios por una excedencia por cuidado de hijos, tiene tres nombramiento para trabajar en el mismo puesto.
La discriminación persigue un objetivo claro: pagar lo menos posible a la menor cantidad de personal posible.
CCOO se opone frontalmente a esta redacción de la modificación del Decreto de carrera profesional, y exigirá para acceder y progresar en la carrera profesional los mismos requisitos para el personal no fijo que para el fijo. Pedirá suprimir de todo el texto del Decreto la definición de “larga duración” y todas las alusiones a la misma.
En consecuencia, cuando se apruebe la modificación del Decreto para el personal interino y no fijo, nuestra propuesta en la Universidad será que se trate a todo el personal, independientemente de su condición, de la misma manera.
Seguiremos informando.
Telèfons: 963 877 040 - 043 (ext. 77040-77043)
Web: http://www.ccoo.upv.es
Twitter: https://twitter.com/ccooupv
Facebook: https://www.facebook.com/ccooupv/
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Afilia't a CCOO PV: https://afiliados.uar.ccoo.es/afipub/newafil/index.php
.